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Los tiempos de Estado son 30 minutos diarios de transmisión gratuita disponibles en todas las estaciones de radio y canales de televisión abierta.
Tienen fundamento legal en el Artículo 59 de la Ley Federal de Radio y Televisión y su Reglamento expedido el 10 de octubre de 2002, con base en ellos se difunden programas de cinco y quince minutos, tales como:
- “Revista del consumidor” (Profeco)
- “Mundo del trabajo” (Secretaría del Trabajo y Previsión Social)
- “Radiósfera” (UNAM), - “El ISSSTE tiene para ti” (ISSSTE)
- “Radio Con ciencia” (CONACYT)
- Programas permanentes de los partidos políticos (en los tiempos oficiales cuya administración está a cargo del Instituto Federal Electoral).
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| Es el pago en especie de un impuesto federal, que deben realizar las empresas de radio y televisión que operan al amparo de concesiones (estaciones comerciales), por hacer uso del espacio aéreo mexicano para difundir sus señales. Su fundamento queda establecido en el Decreto Presidencial del 10 de octubre de 2002. En estos se transmiten mensajes con duración de 20 ó 30 segundos de los diversos organismos federales del Estado Mexicano. |
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| Tienen acceso a los tiempos oficiales los organismos federales de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; Banco de México, Comisión Nacional de los Derechos Humanos e Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
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Todas las estaciones de radio y televisión del país estarán obligadas a encadenarse cuando se trate de transmitir información de trascendencia para la nación (Artículo 62 de la Ley Federal de Radio y Televisión). |
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| Utilización de Tiempos Oficiales |
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Enero - Febrero 2010 ver gráficas |
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Marzo - Abril 2010 ver gráficas |
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Mayo - Junio 2010 ver gráficas |
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Julio - Agosto 2010 ver gráficas |
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Septiembre - Octubre 2010 ver gráficas |
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Noviembre - Diciembre 2010 ver gráficas |
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Enero - Febrero 2011 ver gráficas |
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